La sentencia sí huele a “fallo caro” para las familias y muy barato para las aseguradoras y entes públicos, aunque la Corte lo disfrace de estricta obediencia constitucional a la UMA.
Qué decidió exactamente la Corte
- El pleno de la SCJN resolvió por unanimidad que las indemnizaciones civiles por muerte deben calcularse en UMA y no en salario mínimo.
- El criterio se fija como jurisprudencia derivada de una contradicción de criterios entre las extintas Primera y Segunda Sala, es decir, se vuelve la regla a seguir en casos futuros.
- El parámetro aplica a indemnizaciones por fallecimiento en accidentes, responsabilidad civil, y casos donde están implicadas aseguradoras, IMSS, ISSSTE y empresas del Estado.
- El argumento formal: la Constitución prohíbe usar el salario mínimo como referencia para fines ajenos a su naturaleza laboral, y la UMA fue creada para esos otros cálculos.
Traducido del leguleyo al castellano: la Corte dice “no es que quiera pagar menos, es que la Constitución me obliga a usar UMA y no salario mínimo”, aunque el efecto práctico sea un recorte brutal de montos.
El tamaño real del tijeretazo
- Para 2026, el valor diario de la UMA es de 117.31 pesos.
- El salario mínimo general anda en 315 pesos diarios.
- Eso significa que, por cada “día” usado como base de cálculo, la indemnización cae a un tercio de lo que hubiera sido con salario mínimo.
- Varios medios calculan que el techo de indemnización por muerte baja de alrededor de 1.5 millones de pesos (con salario mínimo) a unos 585 mil pesos (con UMA).
O sea: el mismo muerto, el mismo dolor, la misma negligencia; lo único que cambia es la creatividad contable del Estado y las aseguradoras, y la SCJN les regaló una rebaja “jurisprudencial” del orden de más de la mitad.
A quién protege el fallo (y a quién no)
- La propia Corte y la ponente Lenia Batres destacan que el criterio protege la “viabilidad financiera” de instituciones como el IMSS y otras entidades públicas.
- También beneficia directamente a aseguradoras privadas, que ahora tienen un parámetro uniforme más bajo para calcular indemnizaciones en casos de muerte.
- Se “homologan criterios” y se da certidumbre jurídica… a las instituciones obligadas a pagar, no a las familias que dependen de esas indemnizaciones para sobrevivir la pérdida del sostén económico.
- La Corte se cura en salud diciendo que la reparación es “compensatoria, no salarial”, y que los jueces siguen teniendo margen para ajustar montos según el caso concreto.
La ironía: el discurso de “justicia” se centra en no presionar al salario mínimo y en cuidar las finanzas públicas, mientras la justicia material para las víctimas queda en el área chica de la “facultad discrecional” de los jueces, con un techo ya amarrado a una unidad de menor valor.
¿Es un fallo “caro” para la ciudadanía?
En términos estrictamente jurídicos, la Corte se parapeta en la reforma de desindexación del salario mínimo: hay mandato constitucional de no usar el mínimo para multas, créditos e indemnizaciones no laborales.
Pero en términos materiales, políticos y de justicia social, lo que hizo fue trasladar el costo de esa ortodoxia constitucional a las familias que pierden a alguien en un accidente o por negligencia del Estado o de particulares.
- Para el ciudadano promedio, el mensaje es claro: tu vida vale jurídicamente menos de lo que creías si la medimos en UMA y no en salario mínimo.
- Para el Estado y las aseguradoras, el mensaje también es clarísimo: hay un tope más manejable, previsible y financieramente cómodo para sus pasivos.
- La supuesta “neutralidad” técnica de la UMA oculta que alguien paga la diferencia, y no es la SCJN ni las empresas aseguradoras: son las familias que ya están en la peor posición negociadora posible, porque están de luto.
El fallo no parece un resbalón técnico, sino una decisión consciente de amarrar a futuro las expectativas de reparación económica en favor de quienes pagan, no de quienes reclaman.
La envoltura discursiva y la cara política
- La Corte vende el criterio como armonización con la reforma constitucional, defensa del salario mínimo y consolidación de la UMA como herramienta moderna de cálculo.
- En la letra, el discurso es impecable: se desindexa el salario, se cumple la Constitución y se evita usar el mínimo para todo.
- En la práctica, la Corte se alinea con un interés muy concreto: reducir el riesgo financiero de Estado y aseguradoras ante condenas por muerte, justo en un país con violencia, accidentes fatales y negligencias institucionales crónicas.
Así que sí: la sentencia tiene toda la cara de ser una pieza de ingeniería jurídica que le saldrá cara a la ciudadanía en cada juicio por muerte, pero muy barata y muy cómoda para el interés que la Corte, con mucha fineza técnica, decidió priorizar.
Con informacion: LA SILLA ROTA/
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